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Nos vamos a divorciar, ¿quién paga la hipoteca?

Cuando adquirimos nuestra vivienda con nuestra pareja, lo hacemos con la intención de de crear un hogar familiar para toda la vida, pero puede llegar el momento que por circunstancia esa relación se acaba, con los cambios que conlleva si se estaba casado, y comenzado una vida por separado. Surge en ese momento una pregunta que en muchas ocasiones nos cuesta encontrar respuesta, ¿que pasa con mi hipotéca?.

Tras la ruptura lo primero que hay que tener claro son las cargas que existen dentro del matrimonio, para asi posteriormente poder dirimir los diferentes gastos y poder saber cuales son los propios de la vivienda 

Por ello lo primero es facil que son las cargas dentro del matrimonio, estas se definen como el  conjunto de gastos que se dan en  la vida familiar y que son de interés común. Estos quedan siempre reflejados en una posterior sentencia de divorcio para saber que cantidad debe aportar cada conyuge para el pago de los gastos diarios.

En el caso que hablamos y segun sentencia del tribunal supremo del 28 de marzo de 2011 las cuotas de hipoteca no se consideran cargas en el matrimonio por los que los gastos se deben repartir al 50 % al ser cuotas del préstamo hipotecario y ser deudas del regimen de gananciales que deben ser asumidas por parte iguales 

Al no ser la mejor opción por los incovenientes que acarrea existe distintas soluciones 

1º vender la propiedad y liquidar y cancelar la hipoteca 

2º uno de los propietarios se queda con toda la propiedad por lo que se debe realizar una renovación de hipoteca y realizar una extinción de condominio, cambiando el titular el popiedad así como el titular de la hipoteca, cambiando las condiciones que pueden conllevar cambios en las condiciones.

Si necesita contactar con algun abogado experto en divorcios no dude en ponerse en contacto con nosotros le asesoramos para su mejor beneficio. 

 

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